Revista-78

-122- / ICAP-Revista Centroamericana de Administración Pública, (78):98-132, Enero-Junio/2020 Al contrastar lo prescrito en el anterior PND y en el actual, no se denota una continuidad para con el cumplimiento del Objetivo de Desarro- llo Sostenible 13 : Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos , al ser excluido explícitamente. Sin embargo, esta ex- clusión no acarreó una desatención tácita de ese ODS, ya que pudieron rastrearse acciones ten- dentes a mitigar y reducir el embate del cambio climático, lo que guarda relación con lo dispues- to en otra publicación de MIDEPLAN (2018c) de carácter prospectivo. Lastimosamente, esa obviedad podría acarrear cuestionamientos sobre la verdadera atención que el Gobierno le brinda a los compromisos asumidos, al igual que puede cuestionársele sobre la inversión presupuestaria al respecto y sobre la gestión presupuestaria en general, dada la poca adherencia a lo convenido con la comu- nidad internacional. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el esque- ma de la gestión presupuestaria pública. Toca ahora el turno de valorar la convergencia de lo incluido en los planes gubernativos y el enfilamiento de recursos presupuestarios para su efectivo cumplimiento, con el propósito de determinar si la gestión presupuestaria esta- tal guarda coherencia con el obligado ligamen Plan-Presupuesto presente en el artículo 4 de la Ley 8131, mismo que se desarrolla con ma- yor amplitud en el Reglamento a tal ley (Decreto Ejecutivo 32988-H-P-PLAN) y en las disposicio- nes que con fundamento en ambos emita el Mi- nisterio de Hacienda y sus apéndices (Dirección General de Presupuesto Nacional, Autoridad Presupuestaria, Tesorería Nacional, etc.) − Periodo presupuestario 2015-2018. Previo a ahondar en otros detalles, valga resca- tar que según lo apuntado por MIDEPLAN en su Informe de seguimiento de metas anuales 2018 (2019, p.254) , específicamente en cuanto al cumplimiento de programas o proyectos y sus consiguientes metas, se hace referencia a que el Sector Ambiente, Energía, Mares y Ordena- miento territorial dispuso de ¢45.496,54 millo- nes y se ejecutaron ¢30.499,92 (67%) durante todo el periodo, sin especificar cuáles de éstos recursos pertenecían a lo contenido en la Ta- bla 2 . En iguales términos debemos referirnos a la segregación de recursos presentada más adelante en esa misma publicación (2019, p. 257-258), no aclarando el porqué de los ¢1450 millones previstos en un primer momento para que la Comisión Nacional de Emergencias (CNE) lograra Reducir la vulnerabilidad y aumentar la re- siliencia de la sociedad costarricense, con énfasis en infraestructura y sectores productivos, pasaran a necesitarse luego ¢23 millones y, finalmente, solo se ejecutaran ¢18.5 millones. Esto no resulta del todo incoherente si sope- samos que toda meta inicial (programática y presupuestariamente hablando) está sujeta a cambios, avances o ajustes en el tiempo, aun- que esto debe justificarse amplia y claramente, sea ante dependencias ministeriales, instancias fiscalizadoras, entes financieros internaciona- les, órganos de control político y, sobre todo, la ciudadanía en general, la cual puede tener poco dominio del lenguaje técnico-presupuestario y de planificación gubernativa. Finalmente, tampoco se esclarece cuáles insti- tuciones aportaron recursos presupuestarios para el cumplimiento de lo programado en las Tablas 2 y 3 , ni cuánto fue su aporte específico. Ahora bien, conforme la información disponible en el portal del Ministerio de Hacienda –mismo que al estar disponible para cualquier interesado debería ser sinónimo de claridad y transparen- cia– es posible consultar el Presupuesto de la República desde varias perspectivas: el proyec- to de Ley de Presupuesto, la Ley de Presupuesto vigente, las modificaciones mensuales que su- friera esa, la división por cada ente Ministerial o Constitucional receptor de los recursos, etc., y para quien tenga conocimientos más arraigados sobre el esquema presupuestario las divisiones aumentan, reflejándosele asimismo datos sobre: Ministerios y sus respectivos programas presu- puestarios, el gasto devengado a diciembre del año transanterior, el presupuesto autorizado al

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