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Revista Centroamericana de Administración Pública, (84) enero-junio/2023 Artículo No.5
El 15 diciembre 2004, los Estados juramentación de “… personas
miembros del SICA (Belice, Costa electas o nombradas, para
Rica, El Salvador, Guatemala, los altos cargos del Sistema,
Honduras, Nicaragua, Panamá y ante la Asamblea Plenaria del
República Dominicana) firmaron el Parlamento Centroamericano en
Protocolo de Reformas al Estatuto el inmediato período de sesiones
de la CCJ, el cual aún no ha sido previo a la toma de posesión de
ratificado por todos los signatarios. sus cargos…”
Las principales enmiendas son: • Seis años (Art. 11). Actualmente
son diez años.
• Un solo Magistrado propietario y
su suplente. (Art. 8). Actualmente • Los cargos de Presidente y
son dos por Estado. Vicepresidente de la Corte se
ejercerán por un período de dos
• ¨Los Magistrados deberán ser años. (Art.16). Actualmente es
juristas…de reconocida vocación por un año.
integracionista con alto grado
de imparcialidad, independencia • Conocer y resolver a petición de
de criterio e integridad…¨ (Art. interesado, los fallos judiciales
9). Actualmente, no existen los dictados en la aplicación del
calificativos detallados, ni la Derecho de Integración. (Art.22
palabra jurista. literal f). Actualmente la Corte
conoce conflictos que puedan
• Elección de Magistrado por la surgir entre los Poderes u
Corte Suprema de Justicia de Órganos fundamentales de los
una terna presentada por el Estados, y cuando de hecho no
Órgano Ejecutivo, basada en la se respeten los fallos judiciales;
propuesta de las asociaciones o
colegios de abogados (Art. 10). • “… Sin perjuicio de lo anterior
Actualmente, el Magistrado es se reconoce el derecho
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electo por la Corte Suprema de fundamental de los Estados,
Justicia de su Estado de origen. Órganos y Organismos
del Sistema de Integración
• Juramento prestado ante Centroamericana y de las
la Corte Centroamericano personas interesadas a someter
de Justicia (se suprime lo sus diferencias a mecanismos
referente al Consejo Judicial alternativos de solución de
de Centroamérica y el Caribe). controversias” (Art.22 literal ch),
(Art. 10 Inc.2) Actualmente, se amplía.
conforme al artículo 5, literal
f) del Tratado Constitutivo del • Cláusula Opcional: Los Estados
Parlamento Centroamericano firmantes del Protocolo de
una de sus facultades es la Reformas, podrán declarar
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