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Artículo No.2 Revista Centroamericana de Administración Pública, (84) enero-junio/2023
de Derecho Comunitario la integración diferencia no solo en la “forma de
centroamericana se convierte en integración”, sino también en el “modo
un proyecto, que se construye y de integración”. “Ipse autem rex non
reconstruye continuamente: un debet ese sub homine sed sub deo et
proceso que jamás será definitivo. sub lege quia lex facit regem” Henri
Proceso de integración que se Bracton. La máxima de Bracton va
institucionalizó con los Acuerdos de más allá de “No es el rey el que hace
Esquipulas II y posteriormente con a la ley, sino la ley la que hace al rey”,
el Protocolo de Tegucigalpa sin una implica el ejercicio dentro de los límites
fecha de caducidad. Su plazo ilimitado formales y materiales establecidos por
nos transmite a nosotros y a las el ordenamiento jurídico.
generaciones futuras el compromiso
firme de sostener un proyecto Con orgullo reconocemos que el
irrevocable y duradero, pero mejorable. marco jurídico que norma el trabajo
del SICA se alinea con la Agenda
En su praxis establece una diferencia 2030 de las Naciones Unidas, y sus
entre su constitución formal y real. El diecisiete objetivos de desarrollo
ordenamiento jurídico comunitario sostenible, están contemplados en los
lo hacen las fuerzas políticas no Acuerdos de Esquipulas, el Protocolo
solo a través de su aprobación por de Tegucigalpa y especialmente en la
los canales institucionales, sino en ALIDES, donde se concibe el desarrollo
especial, por su sometimiento a como:
la norma como vía de solución de
conflictos. No basta con establecer un proceso de cambio progresivo
leyes y reglamentos, adquiere vida en la calidad de vida del ser
propia en tanto respetamos y creamos humano, que lo coloca como centro
en sus instituciones, sus instrumentos y y sujeto primordial del desarrollo,
sus acciones. por medio del crecimiento
económico con equidad social y
La característica fundamental la transformación de los métodos
del Derecho Comunitario es la de producción y de los patrones
formalidad de un acuerdo, entre partes de consumo y que se sustenta en
independientes, que por su naturaleza el equilibrio ecológico y el soporte
es frágil y depende de la voluntad vital de la región. Este proceso
política e institucional de las partes implica el respeto a la diversidad
para su cumplimiento. De ahí que su étnica y cultural regional, nacional y
desafío es transitar entre la legitimidad local, así como el fortalecimiento y
con la efectividad. En la medida que la plena participación ciudadana, en
crece la apropiación y compromiso de convivencia pacífica y en armonía
los actores involucrados, traducido por con la naturaleza, sin comprometer
una parte en la voluntad política de y garantizando la calidad de vida
sus representantes, crece las garantías de las generaciones futuras (SICA,
para hacer de este proceso uno 1994).
irreversible y profundo; de tal manera,
que el proceso tenga capacidad de Esta concepción del desarrollo se
fortalecerse y seguir generando bienes concretó en el año 1994, mucho antes
públicos regionales inclusive en un que Naciones Unidas se planteara
contexto cambiante y desafiante estos objetivos, lo cual nos revela que, Instituto Centroamericano de Administración Pública
(Salazar Grande & Ulate Chacon, 2013). desde sus orígenes, respondiendo a la
necesidad, tan válida en ese entonces
Por tanto, su fortalecimiento nos como lo es ahora, de un pleno respeto
permite avanzar en la creación de a los derechos humanos, justicia, del
oportunidades económicas y sociales cierre de las brechas de desigualdad, el
para los sectores sociales más fin de la discriminación, y el respeto al
vulnerables de nuestra región. Creer Estado de Derecho.
en el fortalecimiento del Derecho
Comunitario es establecer una La Secretaría General del SICA no
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Revista Centroamericana de Administración Pública, (84): 34-47, enero-junio/2023

