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Revista Centroamericana de Administración Pública, (84) enero-junio/2023                                    Artículo No.3



             por la omisión de este proceso es un                    A nuestro parecer, el escaso uso
             reflejo  palpable  del  interés  regional             de la competencia de consulta
             de asegurarse el respeto y la correcta                prejudicial del juez nacional en su
             observancia del derecho comunitario                   papel comunitario guarda estrecha
             ante un caso en concreto.                             relación con el alcance potestativo
                                                                   de la competencia. Ello, sin sumar
               El estado actual de la competencia                  el  desconocimiento  de  la  figura
             de consulta prejudicial contenida en                  por el juez nacional, que no ha sido
             el literal k) del Convenio de Estatuto                constatado en esta investigación,
             en el SICA no define la obligatoriedad                pero que puede ser otra variable
             de la consulta, ni en cual caso                       que  justifique  el  poco  uso  de
             debería ser obligatoria; ante lo cual                 la misma. La existencia de una
             deja al juez nacional la potestad de                  competencia que busca asegurar la
             decidir si considera que frente a una                 correcta interpretación de la norma
             norma comunitaria requiere o no una                   comunitaria que solamente ha sido
             interpretación especial del órgano                    activa en 13  ocasiones hasta  2021,
             jurisdiccional comunitario.                           deja en entredicho el verdadero
                                                                   logro del objetivo para el que fue
               Esa  falta  de  determinación  de
             la obligatoriedad de la consulta                      creado, toda vez que seguramente
             prejudicial en la CCJ ciertamente                     habrá muchos más casos nacionales
             no abona al objetivo de asegurar                      en la región en los que una norma
             la interpretación uniforme de las                     comunitaria este de por medio en
             normas      comunitarias       en    todos            una controversia nacional.
             los  países  del  SICA,  pero  no  es                   Debemos         evidenciar      también
             necesariamente              indispensable             que la  competencia de  consulta  o
             su obligatoriedad para que la                         interpretación judicial es similar en
             competencia se ejecute. En la práctica                los 3 procesos  de integración, es
             si un juez nacional se encuentra                      decir, los tres procesos de integración
             conociendo una causa en la que                        abordados en esta investigación
             debe aplicar una norma comunitaria                    han  definido  una  figura  igual  que
     Instituto Centroamericano de Administración Pública
             frente a una norma nacional y no                      da cabida a que el juez nacional
             acude a la consulta prejudicial                       con una causa pendiente acuda a la
             como  medio  de  aseguramiento de                     jurisdicción comunitaria a conocer
             la correcta interpretación porque es                  (porque esa jurisdicción ha sido
             potestativa, el sistema jurisdiccional                creada  específicamente  para  ese
             comunitario  no  cumple  la  finalidad                ordenamiento jurídico) la correcta
             de aseguramiento del respeto y al                     interpretación de una norma.
             uniforme aplicación de ese derecho,
             porque      el   derecho      comunitario               No es opinión de los suscritos
             se está aplicando  aislado  de la                     que en el contexto del SICA y
             jurisdicción comunitaria.                             específicamente,  del  Convenio  de
                                                                   Estatuto de la CCJ, sea por ahora



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