Page 95 - Revista No 84
P. 95

Artículo No.4                                                                 Revista Centroamericana de Administración Pública, (84) enero-junio/2023



               trazados por el Sistema de la                      Corte Centroamericana de Justicia
               Integración  Centroamericana,  en                  en nombre de Centroamérica y en
               los artículos 3 y 4 del Protocolo de               aplicación de los artículos 22 letra f),
               Tegucigalpa.  (Giammattei,  1996:                  30, 32, 34, 35, 37, 38 y 39 del Estatuto
               pp. 84-85)                                         de La Corte; 3 letra d), 4, 5 numeral
                                                                  4º, 7, 8, 10, 12, 15,16, 22 numeral 1º, 25
             La     CCJ     tiene     como      sujetos           inciso  segundo,  27,  32,  37  literal  c),
           procesales: Los Estados, los Poderes,                  38, 41 inciso 3º, 42, 62, 63 y 64 de la
           los Órganos Fundamentales y las                        Ordenanza de Procedimientos; Ley de
           Organizaciones del SICA, así como                      27 de febrero de 1913 de la Asamblea
           los sujetos de Derecho privado sean                    Nacional Constituyente de la República
           personas naturales o jurídicas (Art.3                  de Nicaragua; Artículo 27 párrafo 3 de
           del Convenio de Estatuto en conexión                   la Ley del Régimen Presupuestario y
           con el Art.3 de la Ordenanza de                        sus  Modificaciones,  de  la  República
           Procedimientos de La Corte).                           de  Nicaragua;  RESUELVE: PRIMERO:
                                                                  Declarar procedente la demanda
             4.  Un récord jurispruden-                           interpuesta por la Señora Jeanette
           cial en la protección de los                           del Carmen Vega Baltodano, de las
           particulares                                           generales antes expresadas, contra
                                                                  el Poder Ejecutivo del Estado de
                                                                  Nicaragua.  SEGUNDO: Declarar que
           En     estos     veintiocho      años     de           el Poder Ejecutivo del Estado de
           funcionamiento          de      la     Corte           Nicaragua, de hecho no ha respetado
           Centroamericana de Justicia, no es                     el fallo del Juez Primero Civil del
           nada despreciable contar ya con                        Distrito de Managua, de las  once y
           un  acervo  comunitario  compuesto                     treinta de la mañana del día veintiuno
           por 156 casos contenciosos fallados,                   de abril de mil novecientos noventa
           contando  con  alrededor  del  50%  a                  y cinco, en el que declara que deben
           favor de los particulares.
                                                                  pagarse  a  la  Señora  Jeanette  Vega

             Los casos más emblemáticos del ius                   Baltodano las sumas establecidas en
           standi en la CCJ son los siguientes:                   la Resolución del Tribunal de Arbitraje
                                                                  de las cinco de la tarde del ocho de
             1.  Número de Expediente: 03-                        junio de mil novecientos noventa y
           06-1996,     Actores:      Jeannette      del          dos, ordenando a la Presidenta de la
           Carmen Vega Baltodano en contra                        República, Titular del Poder Ejecutivo
           del  Poder  Ejecutivo  del  Estado  de                 en esa época, para que por medio de la                Instituto Centroamericano de Administración Pública
           Nicaragua,  Materias: Demanda por                      Secretaría de Estado correspondiente
           incumplimiento  de sentencia arbitral                  y en cumplimiento de las resoluciones
           del Juzgado Primero para lo Civil                      judiciales, dicte el acuerdo y ejecute
           del Distrito de Managua dictada el                     el  pago  de  las  sumas  debidas  a  la
           08-06-92,  Objeto:  Que se le page                     Señora Vega Baltodano, sumas que
           la suma de 46.444 Dólares con 80                       totalizaban a esa fecha el equivalente
           centavos,  Resuelto: POR TANTO: La                     en moneda nacional a la cantidad de



                                                                                                                   95
                                                    Revista Centroamericana de Administración Pública, (84):84-102, enero-junio/2023
   90   91   92   93   94   95   96   97   98   99   100