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Revista Centroamericana de Administración Pública, (84) enero-junio/2023 Artículo No.4
La Corte tendrá competencia y En lo que respecta al “Ius Standi” se
jurisdicción propias, con potestad pone en movimiento en el supuesto
para juzgar a petición de parte y segundo del artículo 22 sección f
resolver con autoridad de cosa del Convenio de Estatuto (cuando
juzgada, y su doctrina tendrá de hecho no se respetan los fallos
efectos vinculantes para todos los judiciales), ya que en la primera
Estados, Órganos y Organizaciones hipótesis del Art. 22, sección f el
que formen parte o participen agraviado es el representante legal
en el Sistema de la Integración de uno de los Poderes del Estado
Centroamericana y para sujetos de o de un Órgano Fundamental que
derecho privado. actúa no como particular sino con el
jus imperium propio de sus funciones
La CCJ prevé el acceso de como Presidente de Poderes del
los particulares en materia de Estado o de Instituciones que
su competencia de integración podrían entrar en conflicto y poner
“resolviendo las disputas surgidas en peligro el orden constitucional y la
entre las personas naturales o democracia, afectando los propósitos
jurídicas y un Estado o con alguno y principios del SICA, de acuerdo con
de los órganos u organismos que las reglas siguientes:
conforman el Sistema de la Integración
Centroamericana.” (Chamorro, 2000, 1) Que el conflicto le sea sometido
p. 36). voluntariamente por el Órgano o
Poder Fundamental agraviado;
Dicha competencia del Tribunal 2) Que el Órgano o Poder
Centroamericano se encuentra Fundamental que hubiese recibido
comprendida en el Art. 22 de su el daño haya agotado todas las
Convenio de Estatuto, literales b) c) instancias jurídicas y políticas
g), f) supuesto segundo y j). internas a fin de resolver el conflicto
sin lograr los resultados deseados
Esta competencia es retomada
de lo que fue la Corte de Justicia con la doble consecuencia de que
Instituto Centroamericano de Administración Pública
Centroamericana “Corte de Cartago”, el perjuicio recibido ha de poner
ya que, en su Convención, en en peligro su propia estabilidad
un artículo anexo a la misma se institucional e impedir se alcance
estableció: “La Corte de Justicia el objetivo fundamental de
Centroamericana conocerá también convertir a toda Centroamérica
de los conflictos que pueda haber en una región de Paz, Libertad,
entre los Poderes Legislativo, Democracia y, Desarrollo; y 3)
Ejecutivo y Judicial, y cuando no se Que la crisis producida por la
respeten los fallos judiciales o las afectación del Órgano o Poder
resoluciones del Congreso Nacional.” Fundamental se convierta en un
(Chamorro, 2000, p144) serio riesgo para la consecución de
los propósitos y el cumplimiento
de los principios fundamentales
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