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Artículo No.1 Revista Centroamericana de Administración Pública, (84) enero-junio/2023
acatar y encauzar el procedimiento SICA, a las decisiones en el ejercicio
de elección, según lo instruido por el del control de legalidad por parte
Comité y la normativa aplicable. del mismo Comité Ejecutivo, de la
Corte Centroamericana de Justicia
Es decir que el ICAP cayó, por y de la Secretaría General del SICA,
un tiempo y en primera instancia, estableciendo un debido proceso
en desacato a lo instruido por una garante de derechos como el de
instancia administrativa como el audiencia, respuesta y transparencia,
Comité Ejecutivo; esta situación así como el agotamiento de instancias
nos hace preguntarnos ¿qué administrativas previo a acudir a la
mecanismos existen para sancionar jurisdicción regional; de esta manera,
el incumplimiento de los Órganos e se estaría fortaleciendo principios
Instituciones del SICA a lo instruido como el de legalidad, la distribución
por los Órganos con facultades de de competencias y los frenos y
controlar la legalidad del Sistema? contrapesos dentro del Sistema de la
O bien, ¿qué mecanismos existen Integración Centroamericana
para forzar el cumplimiento de las
decisiones emanadas por un Órgano
contralor de la legalidad en el SICA? 4. Conclusiones
La respuesta es que no existen
mecanismos efectivos para ello, y este El marco normativo del Sistema de la
es un aspecto jurídico e institucional Integración Centroamericana (SICA)
que debe ser perfeccionado por los contempla la posibilidad de que
Órganos decisores en el Sistema de la Órganos colegiados, integrados por
Integración Centroamericana. los Estados miembros, ejerzan una
especie de control de legalidad desde
En relación a este planteamiento, el el plano administrativo y no solo
veintiséis de julio del dos mil trece, el desde el jurisdiccional (competencia
Consejo de Ministros de Relaciones de la Corte Centroamericana de
Exteriores emitió una Resolución en Justicia).
la cual instruyó a las Secretarías del
Sistema, “dar debido cumplimiento Es necesario reforzar la seguridad
a los requerimientos del Comité jurídica en el cumplimiento del
Ejecutivo en concordancia a las ejercicio de contraloría de la
atribuciones del mismo establecidas legalidad en el Sistema, a manera de
en el artículo 24 del Protocolo de establecer procedimientos legales
Tegucigalpa”; asimismo, resolvió claros y específicos, en los cuales
encomendar al Comité Ejecutivo se establezca el marco de acción
para que en uso de sus facultades de cada Órgano contralor, que no
reglamentarias, “presente al Consejo propicie la duplicidad de esfuerzos,
de Ministros de Relaciones Exteriores que delimite las posibles sanciones
del SICA, una propuesta normativa ante un incumplimiento; e, inclusive,
que regule las acciones a seguir incluyendo la posibilidad de un
en caso de incumplimiento de los Órgano o Institución del SICA, para
mandatos que emanan de la Reunión recurrir ante una instancia superior,
de Presidentes” -resaltado propio-. por estar en desacuerdo con la
decisión emanada por determinado Instituto Centroamericano de Administración Pública
Esto es todavía un tema pendiente Órgano administrativo, siendo la etapa
a desarrollar por parte del Comité de la jurisdicción regional, la última
Ejecutivo, y podría pensarse no instancia para resolver determinada
solo en una normativa sobre el controversia relacionada con el
incumplimiento de los mandatos ejercicio de control de la legalidad.
de Presidentes, sino que también Esto implica, indudablemente, un
ante el incumplimiento por parte reforzamiento al derecho comunitario,
de los Órganos e Instituciones del para lo cual puede hacerse uso,
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Revista Centroamericana de Administración Pública, (84): 14-33, enero-junio/2023

