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Cuadernos Centroamericanos del ICAP | No. 39| Diciembre 2022



                hacerlo ante el conciliador  judicial              Conclusiones
                del tribunal, un centro de conciliación            La posición del estado a través  de la
                judicial con especialidad en la materia,           administración publica y sus servidores
                extrajudicialmente y, en caso de que               en materia de negociación es per se
                ello no sea posible, ante un juez del              suigéneris. La variedad de estructuras,
                tribunal que conoce del proceso).
                                                                   personas y espectros que cubre la
                Una  vez  que  se  tenga  un  acuerdo              administración es compleja.
                conciliatorio  debe ser examinado por
                el  tribunalpara  determinar  si  está  a          Las opciones de negociación que se
                derecho y no quebranta normas de                   enfrasca la Administración Pública
                orden público o alcanza derechos                   es igualmente amplia, y a pesar de
                indisponibles o irrenunciables, si fuera           los esfuerzos hechos para normar su
                parcial, el procedimiento continuará               participación, la definición de objetivos
                respecto de lo que no haya sido                    y métodos, estos se ven limitados por
                solucionado, salvo convenio expreso                el principio del legalidad desarrollado
                de las partes (artículo 51.3).                     páginas atrás.
                                                                   Para entablar una negociación con el
                La Transacción (artículo 52), establece            estado, se debe tener en cuenta que
                que las partes, en cualquier estado del            pese a la amplia gama de estrategias
                procedimiento, podrán hacer valer la               existentes,  la  Administración  esta
                transacción sobre el derecho en litigio,           supeditada a unas cuantas de ellas,
                las partes podrán tranzar haciendo                 todas regulados por fuerza de ley, por
                constar en documento público o                     ello y para construir una estrategia
                privado y si concurren los requisitos              negocial      con     la    Administración
                legales para su validez y de no existir            Pública sedebe conocer muy bien las
                objeciones la homologará el juez,                  limitaciones que esta tiene.
                produciendo cosa juzgada material.
                                                                   La  célebre  frase  de  “uno  no  obtiene
                Por su   parte   la   satisfacción                   lo que merece, consigue lo que
                extraprocesal     (artículo 54)    se              negocia  (Andrino  Grotewold,  2022)”,
                da       cuando      el    demandado        o      es aplicable  en la gran mayoría de
                contrademandado           satisface     total      los casos en el ámbito privado, pero
                o parcialmente, fuera de proceso,                  en una relación de negociación con
                la   pretensión      formulada      por     el     la Administración Pública se podría
                demandante. Si la pretensión ha sido               indicar  que  “uno  no  obtiene  lo  que
                satisfecha, total o parcialmente, el               merece, si no lo que la ley autoriza”.
                tribunal  así lo declarará  y si fuera
                parcial este continuará por lo no                  La sujeción a la Administración por
                satisfecho.                                        normativa  o  por  relación  de  poder,
                                                                   nos obliga a acatar sus disposiciones,
                Estas tres formas de negociación
                aplican tanto a los procesos ordinario             mismas que están amparadas por
                como al sumario, en donde el juez dará             ley, tanto en sus alcances como en
                parte de ello.                                     los procedimientos. Por ello para
                                                                   construir una adecuada estrategia
                                                                   de  negociación  debe  identificar  los
                                                                   intereses de la administración y el
                                                                   marco normativo que le permite
                                                                   definir  sus  límites  negociales,  así
                                                                   como los tiempos reales en los que la
                                                                   administración está en capacidad de
                                                                   cumplir sus acuerdos.








  112         Art. No.7 | Negociación aplicada
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