Page 112 - Cuaderno-ICAP 13 dic - ultima version
P. 112
Cuadernos Centroamericanos del ICAP | No. 39| Diciembre 2022
hacerlo ante el conciliador judicial Conclusiones
del tribunal, un centro de conciliación La posición del estado a través de la
judicial con especialidad en la materia, administración publica y sus servidores
extrajudicialmente y, en caso de que en materia de negociación es per se
ello no sea posible, ante un juez del suigéneris. La variedad de estructuras,
tribunal que conoce del proceso).
personas y espectros que cubre la
Una vez que se tenga un acuerdo administración es compleja.
conciliatorio debe ser examinado por
el tribunalpara determinar si está a Las opciones de negociación que se
derecho y no quebranta normas de enfrasca la Administración Pública
orden público o alcanza derechos es igualmente amplia, y a pesar de
indisponibles o irrenunciables, si fuera los esfuerzos hechos para normar su
parcial, el procedimiento continuará participación, la definición de objetivos
respecto de lo que no haya sido y métodos, estos se ven limitados por
solucionado, salvo convenio expreso el principio del legalidad desarrollado
de las partes (artículo 51.3). páginas atrás.
Para entablar una negociación con el
La Transacción (artículo 52), establece estado, se debe tener en cuenta que
que las partes, en cualquier estado del pese a la amplia gama de estrategias
procedimiento, podrán hacer valer la existentes, la Administración esta
transacción sobre el derecho en litigio, supeditada a unas cuantas de ellas,
las partes podrán tranzar haciendo todas regulados por fuerza de ley, por
constar en documento público o ello y para construir una estrategia
privado y si concurren los requisitos negocial con la Administración
legales para su validez y de no existir Pública sedebe conocer muy bien las
objeciones la homologará el juez, limitaciones que esta tiene.
produciendo cosa juzgada material.
La célebre frase de “uno no obtiene
Por su parte la satisfacción lo que merece, consigue lo que
extraprocesal (artículo 54) se negocia (Andrino Grotewold, 2022)”,
da cuando el demandado o es aplicable en la gran mayoría de
contrademandado satisface total los casos en el ámbito privado, pero
o parcialmente, fuera de proceso, en una relación de negociación con
la pretensión formulada por el la Administración Pública se podría
demandante. Si la pretensión ha sido indicar que “uno no obtiene lo que
satisfecha, total o parcialmente, el merece, si no lo que la ley autoriza”.
tribunal así lo declarará y si fuera
parcial este continuará por lo no La sujeción a la Administración por
satisfecho. normativa o por relación de poder,
nos obliga a acatar sus disposiciones,
Estas tres formas de negociación
aplican tanto a los procesos ordinario mismas que están amparadas por
como al sumario, en donde el juez dará ley, tanto en sus alcances como en
parte de ello. los procedimientos. Por ello para
construir una adecuada estrategia
de negociación debe identificar los
intereses de la administración y el
marco normativo que le permite
definir sus límites negociales, así
como los tiempos reales en los que la
administración está en capacidad de
cumplir sus acuerdos.
112 Art. No.7 | Negociación aplicada

