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Escenarios para un nuevo régimen internacional de cambio climático

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serie de obligaciones basada en el principio de reciproci-

dad; es decir, todos los Estados poseían aspiraciones y res-

ponsabilidades comunes que acatar. En relación con este

punto, los regímenes internacionales, incluido el de cambio

climático, están ligados a un sistema en donde las decisio-

nes no se pueden tomar de manera independiente. Esta ha

sido, quizá, la principal aspiración de las conferencias es-

pecializadas sobre medio ambiente que han precedido los

esfuerzos puntuales en cambio climático.

En efecto, han transcurrido más de cuatro décadas desde que

representantes de 113 países se reunieron en junio de 1972

para atender la Conferencia de las Naciones Unidas sobre

el Medio Ambiente en Estocolmo. Esta fue la primera de las

principales conferencias mundiales sobre medio ambiente que

sentó las bases del actual régimen internacional sobre cam-

bio climático, toda vez que posicionó de manera categórica el

tema ambiental dentro de la agenda política global.

Cuadro 1.1

Los principios de la CMNUCC

Uno de los aspectos más importantes que se deben tomar en

consideración de la CMNUCC es el hecho de que este instru-

mento fue el primero en establecer los principios relaciona-

dos al tema de cambio climático. Entre estos destacan:

a) Proteger el sistema climático sobre la base la equidad

y de conformidad con sus reponsabilidades comunes

pero diferenciadas.

b) Las partes deben tomar medidas de precaución para

prevenir o reducir al mínimo las causas del cambio cli-

mático y mitigar sus efectos.

c) Las partes tienen derecho al desarrollo sostenible y

deberían promoverlo.

d) Las partes deberían cooperar en la promoción de un

sistema económico internacional abierto y propicio

que conduzca al crecimiento económico y al desarro-

llo sostenible de todas las partes.