Escenarios para un nuevo régimen internacional de cambio climático
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serie de obligaciones basada en el principio de reciproci-
dad; es decir, todos los Estados poseían aspiraciones y res-
ponsabilidades comunes que acatar. En relación con este
punto, los regímenes internacionales, incluido el de cambio
climático, están ligados a un sistema en donde las decisio-
nes no se pueden tomar de manera independiente. Esta ha
sido, quizá, la principal aspiración de las conferencias es-
pecializadas sobre medio ambiente que han precedido los
esfuerzos puntuales en cambio climático.
En efecto, han transcurrido más de cuatro décadas desde que
representantes de 113 países se reunieron en junio de 1972
para atender la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
el Medio Ambiente en Estocolmo. Esta fue la primera de las
principales conferencias mundiales sobre medio ambiente que
sentó las bases del actual régimen internacional sobre cam-
bio climático, toda vez que posicionó de manera categórica el
tema ambiental dentro de la agenda política global.
Cuadro 1.1
Los principios de la CMNUCC
Uno de los aspectos más importantes que se deben tomar en
consideración de la CMNUCC es el hecho de que este instru-
mento fue el primero en establecer los principios relaciona-
dos al tema de cambio climático. Entre estos destacan:
a) Proteger el sistema climático sobre la base la equidad
y de conformidad con sus reponsabilidades comunes
pero diferenciadas.
b) Las partes deben tomar medidas de precaución para
prevenir o reducir al mínimo las causas del cambio cli-
mático y mitigar sus efectos.
c) Las partes tienen derecho al desarrollo sostenible y
deberían promoverlo.
d) Las partes deberían cooperar en la promoción de un
sistema económico internacional abierto y propicio
que conduzca al crecimiento económico y al desarro-
llo sostenible de todas las partes.