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Artículo No.3 Revista Centroamericana de Administración Pública, (84) enero-junio/2023
el alcance de la consulta prejudicial párrafo anterior, deberá someterse
en el SICA, el reconocimiento de los a la Corte Centroamericana de
principios de derecho comunitario Justicia.
en la jurisprudencia de la CCJ y la
aplicación real de la figura de la Ambos artículos son la base
consulta en el contexto regional, de derecho comunitario que da
en comparación a los procesos de origen a la jurisdicción actual de la
integración que hemos abordado Corte Centroamericana de Justicia
previamente. cuyas competencias se encuentran
detalladas en el Convenio de Estatuto
de diciembre de 1992, instrumento
firmado por los 6 países que en ese
3.1. El fundamento de la Corte año conformaban la integración
Centroamericana de Justicia y su centroamericana y ratificado por 4
competencia de ellos, el que una vez que entró en
vigencia en el año 1994 permitió la
3.1.1. Protocolo de Tegucigalpa
instauración del órgano.
En el proceso de integración
centroamericana, nacido en 1952 a
través de la Organización de Estados 3.1.2. Convenio de Estatuto de la CCJ
Centroamericanos y modificado por el
Protocolo de Tegucigalpa a la carta de En cumplimiento a lo establecido
la ODECA de1991, se crea a través de en el Protocolo de Tegucigalpa, fue
este último instrumento internacional, promulgado el Convenio de Estatuto
la Corte Centroamericana de Justicia. de la Corte Centroamericana de
El Protocolo de Tegucigalpa en su Justicia, instrumento que regula de
artículo 12 indica que se crea como forma específica a la CCJ definiendo
órgano: su papel “como un Tribunal Regional,
de jurisdicción privativa para los
La Corte Centroamericana de Estados del Istmo” (Convenio de
Justicia, que garantizará el respeto Estatuto, 1992, p. 3).
del derecho, en la interpretación y
ejecución del presente Protocolo y Determina el Convenio de Estatuto
sus instrumentos complementarios o (1992) en su apartado conclusivo que:
actos derivados del mismo.
Para que la paz del Istmo
También el artículo 35 del Protocolo sea duradera y permanente Instituto Centroamericano de Administración Pública
de Tegucigalpa contempla que: es necesaria la existencia de
un control jurisdiccional que
Toda controversia sobre la impida que los Estados puedan
aplicación o interpretación de arrogarse derechos que no
las disposiciones contenidas en tienen, o convertirse en poderes
el presente Protocolo y demás arbitrarios nugatorios de toda
instrumentos a que se refiere el
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